De acuerdo a la normativa vigente, la instalación de cámaras de videovigilancia baratas, o en cualquier otro punto de España debe estar claramente señalizada para no infringir la Ley de Protección de Datos. Los rasgos físicos de una persona, su imagen, son datos de carácter personal que podrían permitir su identificación, y precisamente por tratarse de datos personales, las grabaciones que los guarden están sujetas al ámbito de la mencionada ley.
La conservación, aunque sólo sea temporal de estas grabaciones, exige por lo
tanto la creación de un fichero que permita recuperar las grabaciones de las cámaras de videovigilancia baratas, realizadas
en una fecha y hora concretas, un fichero que debe estar inscrito en el
Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos. Además, las
personas que puedan acceder a esas zonas videovigiladas deberán ser advertidas
de que sus imágenes están siendo grabadas con la instalación de unos carteles.
En los carteles que indican el acceso a zonas videovigiladas, deberá constar
quién es el responsable de ese fichero ante quien se podrán ejercer los
derechos de acceso y cancelación a los que obliga la mencionada Ley de
Protección de Datos. Así mismo, las personas que accedan a estas zonas pueden
solicitar un impreso en el que con todo detalle se informe sobre las
circunstancias que afectan al tratamiento de las imágenes, que nunca podrán
conservarse más de 30 días, salvo que hayan captado la comisión de un delito,
en cuyo caso se pondrán de inmediato en conocimiento de las autoridades.
Desde Tecnisat Telecomunicaciones, S.L. podemos darte
todo el asesoramiento necesario para la instalación de cámaras de vigilancia en
tu comunidad de vecinos.