Como instaladores de cámaras de videovigilancia baratas queremos que tengas en cuenta que antes de colocar una es conveniente conocer la legislación al respecto. Existe una normativa específica que resumimos en este nuevo post del blog en calidad de expertos en sistemas de comunicación, telecomunicaciones y domótica.
Tenemos que remitirnos a la Ley Orgánica 16/1999 de Protección de Datos. En virtud del texto, el CCTV ha de respetar determinados requisitos. Por ejemplo, tras su instalación, hay que notificarlo a la Agencia de Protección de Datos. Además, hay que colocar un cartel como mínimo avisando de que se entra en una zona videovigilada. En Tecnisat Telecomunicaciones, S.L. te recordamos que, si se trata de un comercio, también hay que tener la cláusula informativa de la AGPD a disposición de la clientela.
Ten en cuenta también que la Ley de Seguridad Privada atribuye exclusivamente a las empresas de seguridad autorizadas la instalación y mantenimiento de estos sistemas de seguridad. Es el caso de la nuestra de cámaras de videovigilancia baratas. No en vano, el CCTV es un dispositivo de seguridad electrónico cuya instalación ha de correr por cuenta de una empresa de seguridad como la nuestra. Recuerda que estamos homologados por la Dirección General de Telecomunicaciones, organismo vinculado al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. En definitiva, el objetivo de los CCTV no es otro que evitar robos o intrusiones. De hecho, pueden estar conectados a una central de alarmas.Por descontado, nos ocuparemos de su mantenimiento periódico y de las eventuales reparaciones.